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[Byung Han Ahn, Abogado] Tribunal Supremo "LG Electronics, Appliance Store to Pay Construction Company...
El Tribunal Supremo ha fallado finalmente a favor de la Comisión de Comercio Justo en el caso de abuso de posición dominante de LG Electronics (electrodomésticos empotrados) contra el bufete Kim & Chang.
El abogado Han Byul Ahn Byung-han, que llevó el caso en persona, se centró en la relación que una tienda especializada en ventas de una gran empresa no tiene más remedio que aceptar la solicitud de garantía conjunta y la parte que puede causar problemas en virtud de la Ley de Comercio Justo basada en el contenido específico del contrato.
El siguiente es el contenido relevante informado a través de KBS News (basado en el comunicado de prensa oficial de la Comisión de Comercio Justo)
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El Tribunal Supremo dictaminó que la solicitud de LG Electronics de una garantía conjunta para el pago de la empresa constructora al punto de venta que intermediaba en la entrega de electrodomésticos empotrados constituía una violación de la Ley de Comercio Justo.
La Sala Especial 2 del Tribunal Supremo confirmó la sentencia del tribunal de primera instancia por la que LG Electronics perdió un pleito contra la Comisión de Comercio Justo de Corea para anular una orden correctiva y una sanción.
La KFTC había emitido previamente una orden correctiva e impuesto una multa de 1.865 millones de wones (1.865 millones de dólares) a LG Electronics en 2014 por abusar de su posición dominante al exigir una garantía conjunta de pago a una empresa constructora por parte de una tienda especializada en ventas en la que había intermediado mientras vendía electrodomésticos empotrados.
La investigación de la KFTC reveló que LG Electronics exigió a 29 tiendas especializadas en ventas que garantizaran conjuntamente una cantidad que oscilaba entre el 20% y el 100% del precio de entrega entre junio de 2008 y diciembre de 2013. El número de transacciones fue de 441 y el valor de las mismas ascendió a 131.090 millones de KRW.
La KFTC dijo que LG Electronics había contratado un seguro de caución en caso de que no pudiera cobrar el precio de venta debido al deterioro de la economía de la construcción, pero cuando la calificación crediticia de la empresa constructora hizo imposible estar cubierta por el seguro, trasladó el riesgo a los puntos de venta.

